Por medio de la Resolución N° 202/2020 el Poder Ejecutivo Nacional, suspendió el deber de asistencia al lugar de trabajo, con goce íntegro de sus remuneraciones, a todos los trabajadores que se encuentren en las situaciones descriptas en el artículo 7° del DNU N° 260, con el alcance personal establecido en su artículo 2°, estableciéndose las obligaciones a las que deberán someterse las partes.
Desde nuestro centro de asistencia legal, nos encargamos de tramitar las Licencias COVID-19 a quienes se vean alcanzados por la Resolución antes mencionada.
Dichos grupos, de conformidad con la definición vigente al día de la fecha que pueden tramitar sus Licencias por coronavirus, son:
No podrá declararse personal esencial a los trabajadores comprendidos en los incisos b) y c).
Artículo 2.- Los trabajadores y las trabajadoras alcanzados por la dispensa del deber de asistencia al lugar de trabajo según esta resolución, cuyas tareas habituales u otras análogas puedan ser realizadas desde el lugar de aislamiento, deberán en el marco de la buena fe contractual, establecer con su empleador las condiciones en que dicha labor será realizada.
Artículo 3.- Dispónese que, mientras dure la suspensión de clases en las escuelas establecida por Resolución N° 108/2020 del Ministerio de Educación de la Nación o sus modificatorias que en lo sucesivo se dicten, se considerará justificada la inasistencia del progenitor, progenitora, o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente. La persona alcanzada por esta dispensa deberá notificar tal circunstancia a su empleador o empleadora, justificando la necesidad y detallando los datos indispensables para que pueda ejercerse el adecuado control. Podrá acogerse a esta dispensa solo un progenitor o persona responsable, por hogar.
Quedan exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” (y por ende de obtener la licencia COVID-19, las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, estos son:
Si te ves en la necesidad de la tramitación de alguna de estas licencias COVID-19 te recomendamos nos contactes. En Piccolo, Sancevich & asociados, te ayudaremos para que se te otorgue la licencia por coronavirus correspondiente.