Cuando una relación laboral no se encuentra registrada se dice que es "trabajo en negro". Es decir que el empleador ha omitido registrar al trabajador por completo ante las diferentes reparticiones.

Cuando un trabajador no figura en un espacio de trabajo como tal, el mismo carece entonces de cobertura de salud por parte de una obra social, tampoco cuenta con cobertura de A.R.T. por enfermedades o accidentes del trabajo.

El problema del empleo en negro se agrava aún más para el trabajador ya que al no realizarse los aportes jubilatorios, tampoco gozará de aguinaldo, vacaciones pagas, licencias pagas, etc. Es decir que queda privado de la totalidad de los beneficios que le otorgan las leyes laborales y previsionales.

Trabajo en negro 1

Trabajo parcialmente en negro

En otras ocasiones, la registración de un empleado puede ser parcial. Es decir que la patronal consigna en los registros legales elementos falsos que no concuerdan con la realidad.

Por ejemplo, en algunos trabajos se registran a los empleados por menos horas, menos días de los trabajados o una remuneración inferior a la verdadera. De esta manera la patronal ahorra costos de aportes patronales y su gasto es menor, pero quien se perjudica en este caso es el empleado.

¿Cómo es el trámite para reclamar el trabajo en negro?

El trámite para reclamar empleo en negro o parcialmente en negro es muy simple.

Piccolo, Sancevich & asociados ofrece un servicio integral. El primer paso a seguir, luego de contactar al abogado profesional en trámites de trabajo en negro, es el de cursar un telegrama laboral a la patronal.

Nuestro servicio abarca la confección de estos telegramas sin cargo alguno.

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¿LO LLAMAMOS?

¿Qué se puede reclamar ante situaciones de empleo en negro?

Ante un trabajo en negro se pueden reclamar dos situaciones distintas:

RECLAMAR BLANQUEO

Tanto en el trabajo no registrado, como en el parcialmente registrado el trabajador puede solicitar el blanqueo de su puesto de trabajo. La patronal está obligada a proceder a la registración correcta.

Esto quiere decir que se anotará a la persona por la cantidad de horas y días reales que se encuentra trabajando, y por el monto que recibe por dicho trabajo realizado.

RECLAMAR INDEMNIZACIÓN

Si el empleador no cumple con la intimación, el empleado puede considerarse agraviado y considerarse despedido por culpa de la patronal. En tal caso puede percibir más de una indemnización por despido.

Esta indemnización por despido se calcula en base al salario y la antigüedad del empleado en dicho puesto de trabajo.

Además de esta indemnización también la ley prevé una serie de multas al patrón que pueden potenciar el monto a cobrar en más del doble.

Desde nuestro centro de asistencia legal, nos encargamos de confeccionar una liquidación en base a las pautas legales y presentársela al juez laboral para que sea exigible directamente a la patronal.

Trabajo en negro 2

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